jueves, 3 de diciembre de 2009
Problematica de la educacion en Colombia
Los estudios adelantados al respecto se han centrado en dos enfoques principales: de una parte, en identificar los factores que inciden en esta situación, encontrando cinco aspectos relevantes como causa, primero: el historial académico de los estudiantes, su situación laboral, la situación socioeconómica, la atención institucional y los aspectos ligados a la docencia entre otros, que varían en orden de importancia dependiendo del tipo de institución, carácter de la misma, jornada, lugar de ubicación, etc.
De otro lado, la preocupación por atacar el problema ha hecho que se hagan estudios y proyectos que busquen fortalecer la retención, campo en el cual hay experiencias significativas en Colombia y en América Latina (se han hecho encuentros nacionales e internacionales 2004, por ejemplo) liderados por el Ministerio de Educación Nacional, que incluso han premiado las mejores iniciativas al respecto.
Sin desconocer el valor que tienen estas iniciativas y el peso de los estudios realizados, me parece que la realidad no se ha afrontado en su verdadera dimensión: realizar una verdadera articulación de toda la educación colombiana desde la formación primaria, secundaria y terciaria o superior. En primer lugar, porque el fenómeno de la deserción afecta todos los niveles, aunque se haga más evidente en el nivel superior. En segundo lugar, porque incide directamente en los índices de productividad, competitividad y desarrollo que necesita el país. Y en último lugar, porque a pesar de las políticas estatales, no es mucho lo que se ha logrado para frenar el problema.
Dicha articulación debe partir de una verdadera voluntad de los actores del sector público y privado para reorientar el trabajo y formar a los estudiantes de manera puntual desde las competencias matemáticas, lingüísticas y comunicativas, segunda lengua, más los desarrollos tecnológicos relacionados con el mundo globalizado, sino también teniendo en cuenta la realidad colombiana, no tangencialmente sino con una aproximación directa que permita que cada individuo logre superar las inequidades locales, regionales y nacionales.
De otra parte, la articulación mencionada debe superar los conceptos clásicos de la educación superior de carreras universitarias tradicionales para volcar la mirada sobre las nuevas alternativas técnicas y tecnológicas (igual de profesionales que las denominadas universitarias) que pueden dar una nueva dimensión a la formación terciaria. Esto se lograría integrando las estrategias de retención a la cualificación de la docencia, desarrollando un sistema educativo unificado, redimensionando las estructuras curriculares y académicas actuales, ampliando la oferta en las regiones a partir de sus propias necesidades, estimulando la formación virtual y a distancia, en todos los niveles de la educación nacional.
miércoles, 2 de diciembre de 2009
Que es la Formacion por Proyectos y su objetivo
El aprendizaje por proyectos, como acción estratégica institucional, tiene como propósito el fortalecimiento de la estrategia metodológica institucional y la incorporación de las cuatro fuentes de conocimiento (Instructor - tutor, Trabajo colaborativo, Entorno y TIC) en los procesos de formación, para formar aprendices librepensadores, críticos, autónomos, líderes, solidarios y emprendedores.
La formación por proyectos se caracteriza por:
- Centrar las actividades de aprendizaje que componen el proyecto en la exploración y solución a problemas prácticos.
- Reflexionar sobre una situación problemática real desde una perspectiva ética y social para presentar soluciones que contribuyan al desarrollo del entorno.
- Posibilitar en el aprendiz la estructuración, movilización y transferencia apropiadas de aprendizajes fundamentales de una o más competencias.
- Involucrar el esquema de trabajo colaborativo, a través del cual los aprendices comparten en equipo la planeación, el proceso y los resultados, alternando con actividades de trabajo individual.
- Promover la participación activa y responsable de los aprendices en el proceso para tomar decisiones sobre cómo llevar a cabo el desarrollo del proyecto.
- Permitir que el instructor - tutor asuma un papel de facilitador del aprendizaje, orientando, apoyando, retroalimentando y evaluando al aprendiz durante todo el proceso formativo, y aprendiendo durante el mismo con el desarrollo del proyecto.
- Ofrecer la posibilidad al aprendiz para generar nuevos conocimientos en la búsqueda de soluciones innovadoras.
- Estimular la reflexión del aprendiz sobre lo que hace, cómo lo hace y qué resultados logra, haciéndolo responsable de su propio aprendizaje.
- Incluir saberes integrados de diferentes disciplinas y la interacción entre ellas, de tal manera que el aprendiz aplique conocimientos asociados a diferentes competencias.
- Permitir flexibilidad en cuanto al enfoque del proyecto, el diseño y el grado de autonomía del aprendiz.
Acuerdo SENA 15 de 2003
(diciembre 11)
Diario Oficial No. 45.486, de 10 de marzo de 2004
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por el cual se regulan aspectos operativos del contrato de aprendizaje.
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,
en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el ordinal f), del numeral 9, del artículo 10 de la Ley 119 del 9 de febrero de 1994,
CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 3o. INCUMPLIMIENTO DE LA RELACIÓN DE APRENDIZAJE POR PARTE DE LA EMPRESA PATROCINADORA. Se presenta incumplimiento por parte del empleador por las siguientes causales:
1. El incumplimiento y/o imprecisión en la información reportada al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en relación con el número de trabajadores vinculados a la empresa.
2. El incumplimiento a la contratación del número mínimo obligatorio de aprendices o el pago de la monetización cuando el empleador opte por esta alternativa.
3. Cuando transcurridos diez* (10) hábiles contados a partir de la ejecutoría del acto administrativo por el cual se regula la cuota de aprendices, el empleador no vincula la cuota obligatoria o no efectúa la monetización.
4. Cuando no le permitan al aprendiz realizar las prácticas en la actividad objeto de la relación de aprendizaje.
5. El no pago del valor del apoyo de sostenimiento.
6. La mora en el pago del valor del apoyo de sostenimiento.
7. El no pago oportuno de los aportes a la seguridad social en salud y riesgos profesionales del aprendiz.
ARTÍCULO 5o. CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE. La relación de aprendizaje se podrá interrumpir temporalmente en los siguientes casos:
1. Licencia de maternidad.
2. Incapacidades debidamente certificadas.
3. Caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con las definiciones contenidas en el Código Civil.
4. Vacaciones por parte del empleador, siempre y cuando el aprendiz se encuentre desarrollando la etapa práctica.
PARÁGRAFO 1o. La suspensión de la relación de aprendizaje no exonera al empleador de continuar cancelando los respectivos aportes a la Entidad promotora de Salud, según sea el caso, donde se encuentre afiliado el aprendiz.
Ley 119 de 1994
Por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se deroga el Decreto 2149 de 1992 y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
2. Fortalecer los procesos de formación profesional integral que contribuyan al desarrollo comunitario a nivel urbano y rural, para su vinculación o promoción en actividades productivas de interés social y económico.
3. Apropiar métodos, medios y estrategias dirigidos a la maximización de la cobertura y la calidad de la formación profesional integral.
4. Participar en actividades de investigación y desarrollo tecnológico, ocupacional y social, que contribuyan a la actualización y mejoramiento de la formación profesional integral.
5. Propiciar las relaciones internacionales tendientes a la conformación y operación de un sistema regional de formación profesional integral dentro de las iniciativas de integración de los países de América Latina y el Caribe.
6. Actualizar, en forma permanente, los procesos y la infraestructura pedagógica, tecnológica y administrativa para responder con eficiencia y calidad a los cambios y exigencias de la demanda de formación profesional integral.
2. Velar por el mantenimiento de los mecanismos que aseguren el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje.
3. Organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas de formación profesional integral, en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector productivo.
4. Velar porque en los contenidos de los programas de formación profesional se mantenga la unidad técnica.
5. Crear y administrar un sistema de información sobre oferta y demanda laboral.
6. Adelantar programas de formación tecnológica y técnica profesional, en los términos previstos en las disposiciones legales respectivas.
7. Diseñar, promover y ejecutar programas de formación profesional integral para sectores desprotegidos de la población.
8. Dar capacitación en aspectos socioempresariales a los productores y comunidades del sector informal urbano y rural.
9. Organizar programas de formación profesional integral para personas desempleadas y subempleadas y programas de readaptación profesional para personas discapacitadas.
10. Expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las disposiciones legales le autoricen.
11. Desarrollar investigaciones que se relacionen con la organización del trabajo y el avance tecnológico del país, en función de los programas de formación profesional.
12. Asesorar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la realización de investigaciones sobre recursos humanos y en la elaboración y permanente actualización de la clasificación nacional de ocupaciones, que sirva de insumo a la planeación y elaboración de planes y programas de formación profesional integral.
13. Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral.
14. Prestar servicios tecnológicos en función de la formación profesional integral, cuyos costos serán cubiertos plenamente por los beneficiarios, siempre y cuando no se afecte la prestación de los programas de formación profesional.
MISION
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional Integral gratuita, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.
VISION
El SENA será una organización de conocimiento para todos los colombianos, innovando permanentemente en sus estrategias y metodologías de aprendizaje, en total acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.